Artículo 388 septsexagies...o de tasas

Artículo 388 septsexagies septsexagies Régimen específico de tasas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 388 septsexagies. Exenciones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Quedan exentas del pago de la tasa las actuaciones administrativas dirigidas a acreditar las actividades de formación continuada que tengan por destinatarios los profesionales sanitarios, solicitadas por:

a) La Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y las entidades integrantes del sector público autonómico.

b) Las organizaciones sindicales y los colegios profesionales de las Illes Balears, siempre que las actividades formativas que quieran acreditar formen parte de un plan de formación continuada de las profesiones sanitarias y las personas destinatarias no tengan que pagar su matrícula.

Modificaciones