Artículo 388 duodecies Ré...o de tasas

Artículo 388 duodecies Régimen específico de tasas

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Artículo 388 duodecies. Exenciones y bonificaciones.

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1. Están exentas de pagar la tasa las personas con una discapacidad igual o superior al 33%.

2. El personal estatutario al servicio de la sanidad pública autonómica que participe en las convocatorias de promoción interna tiene derecho a una bonificación del 50%.

3. Las personas que se inscriban en las convocatorias para seleccionar personal estatutario temporal al servicio de la sanidad pública autonómica también tienen derecho a una bonificación del 50%.

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