Articulo 38 Turismo, ocio y hospitalidad
Artículo 38. Acciones para el impulso de la competitividad del sector turístico
Las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, estimularán la mejora de la competitividad del sector turístico valenciano a través, entre otras, de las siguientes acciones:
a) Promoción turística de la Comunitat Valenciana, el impulso de su imagen y la atención a las personas usuarias de servicios turísticos.
b) Creación, mejora y mantenimiento de infraestructuras y de servicios que promuevan un desarrollo sostenible, responsable y eficiente en el turismo valenciano.
c) Fomento de la modernización del tejido empresarial, la configuración de productos turísticos y el posicionamiento de estos en los mercados.
d) Impulso de la calidad de la oferta y la prestación de servicios turísticos innovadores mediante la mejora continua de la hospitalidad, la sostenibilidad y la accesibilidad integral.
e) Formación y cualificación permanente de las personas profesionales del sector, potenciando sistemas de acreditación de formación y experiencia profesional.
f) Establecer mecanismos de comunicación, y divulgación necesarios para que los valores éticos de un turismo equitativo, responsable y sostenible definan el carácter, la personalidad y el reconocimiento social de la oferta turística.
g) Respaldo a iniciativas emprendedoras vinculadas a actividades turísticas y de ocio así como a servicios dirigidos al disfrute del producto turístico.
h) Fomento del I+D+I y el análisis estadístico de la evolución del turismo de la Comunitat Valenciana, sus productos y mercados, mediante la elaboración de estudios e investigaciones que contribuyan a conocer su evolución, planificar su desarrollo y promover su mejora.
i) Favorecer la cooperación interempresarial de los distintos agentes económicos y sociales a través del asociacionismo e integración empresarial y zonal.
j) Impulsar estructuras profesionales y laborales que garanticen la estabilidad, calidad y excelencia.
- Texto Original. Publicado el 08-06-2018 en vigor desde 08-07-2018