Articulo 38 Turismo de C León -Derogada-
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Artículo 38. Programas ejecutivos.

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La Junta de Castilla y León desarrollará el Plan de Turismo de Castilla y León a través de los Programas ejecutivos que resulten necesarios y en todo caso los siguientes:

- Programas de Diversificación de la Oferta turística.

- Programas de Calidad de la Oferta turística.

- Programas de Formación turística.

- Programas de Promoción y Difusión turística.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-1997 en vigor desde 18-01-1998