Articulo 38 TR disposicio...e igualdad

Articulo 38 TR disposiciones legales en materia de igualdad

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 38. Unidad Administrativa de Igualdad

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La consellería competente en materia de trabajo contará con una Unidad Administrativa de Igualdad, que tendrá como mínimo la categoría de servicio y estará coordinada con el órgano superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma competente en materia de igualdad.

Esta unidad estará dotada de personal funcionario o laboral con experiencia y formación acreditadas en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-02-2016 en vigor desde 18-02-2016