Articulo 38 Tipología y funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales
Artículo 38. Tipos de centros
1. Los centros de servicios sociales pueden ser de carácter diurno, nocturno o residencial.
a) Son centros diurnos los que proveen sus prestaciones durante el día, podrán desarrollar su actividad dentro de la franja horaria comprendida entre las 07.00 horas y las 21.00 horas.
b) Son centros nocturnos los que proveen sus prestaciones durante la noche, podrán desarrollar su actividad dentro de la franja horaria comprendida entre las 20.00 horas y las 10.00 horas del día siguiente.
c) Son centros residenciales los que proveen prestaciones de atención residencial de manera continuada las 24 horas del día y constituyen el domicilio habitual de las personas usuarias durante su estancia en ellos.
2. Dentro de esta tipología básica, los diferentes ámbitos de intervención en servicios sociales podrán crear y desarrollar tipologías específicas en función de las características del colectivo y el perfil de las personas al que se dirigen.
- Texto Original. Publicado el 22-03-2023 en vigor desde 23-03-2023