Articulo 38 Sistema Canario de Seguridad y Emergencias
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Artículo 38. Formación.

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El Gobierno de Canarias potenciará, a través de la Academia Canaria de Seguridad, la formación especializada de todos los recursos humanos vinculados al sistema canario de emergencias.

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  • Texto Original. Publicado el 18-04-2007 en vigor desde 19-04-2007