Articulo 38 Reglamento ma...as Locales

Articulo 38 Reglamento marco de organización de las Policías Locales

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Artículo 38.

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1. Las plazas de Cabo u Oficial, Sargento o Subinspector y Suboficial o Inspector de los Cuerpos de Policía Local que se hallen vacantes se proveerán mediante promoción interna, por el sistema de concurso-oposición, excepto en el caso regulado en el artículo 6.2 de este Reglamento.

2. Las plazas citadas en el apartado anterior serán objeto de convocatoria cuando cumplan los siguientes requisitos:

a) Hallarse previstas y vacantes en la plantilla orgánica.

b) Estar dotadas presupuestariamente.

c) Figurar en la oferta de empleo.

3. Las bases de la convocatoria del concurso-oposición serán aprobadas por el Pleno de la Corporación respectiva.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-01-1992 en vigor desde 04-01-1992