Articulo 38 Reglamento marco de organización de las Policías Locales
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»Artículo 38.
Vigente
1. Las plazas de Cabo u Oficial, Sargento o Subinspector y Suboficial o Inspector de los Cuerpos de Policía Local que se hallen vacantes se proveerán mediante promoción interna, por el sistema de concurso-oposición, excepto en el caso regulado en el artículo 6.2 de este Reglamento.
2. Las plazas citadas en el apartado anterior serán objeto de convocatoria cuando cumplan los siguientes requisitos:
a) Hallarse previstas y vacantes en la plantilla orgánica.
b) Estar dotadas presupuestariamente.
c) Figurar en la oferta de empleo.
3. Las bases de la convocatoria del concurso-oposición serán aprobadas por el Pleno de la Corporación respectiva.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-01-1992 en vigor desde 04-01-1992