Articulo 38 Régimen Juríd...ón Pública

Articulo 38 Régimen Jurídico de las Viviendas con Protección Pública

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Artículo 38. Fines de la actividad administrativa en materia de promoción de viviendas con protección pública.

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La promoción de viviendas con protección pública por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tendrá como finalidad cualquiera de los siguientes objetivos:

  1. Garantizar el ejercicio del derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada a aquellos sectores de la población que tengan una dificultad especial para acceder al mercado inmobiliario, por sus características o circunstancias específicas.

  2. Facilitar las actuaciones de tipo urbanístico o la ejecución de las obras públicas.

  3. Contribuir a diversificar la oferta de viviendas y a paliar sus déficits.

  4. Combatir situaciones especulativas en coyunturas de gran demanda de viviendas y falta de oferta.

  5. Garantizar la plena accesibilidad de las viviendas con protección pública.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-01-2004 en vigor desde 12-02-2004