Articulo 38 Presupuestos Generales para 2022 de Asturias
Artículo 38.-Reafianzamiento de avales otorgados por sociedades de garantía recíproca del Principado de Asturias.
1. La Administración del Principado de Asturias podrá reafianzar las garantías que tenga concedidas o sean otorgadas por sociedades de garantía recíproca del Principado de Asturias a sus socios partícipes que sean autónomos, pequeñas y medianas empresas con actividad efectiva en el territorio del Principado de Asturias siempre y cuando se trate de operaciones tendentes a la recuperación del impacto negativo originado por la crisis provocada por la COVID-19.
2. El reafianzamiento regulado en el apartado anterior se concretará y desarrollará mediante convenio entre la Administración del Principado de Asturias y la sociedad de garantía recíproca en cuestión.
3. El límite global del reafianzamiento a conceder por esta línea será de 30.000.000 euros.
4. La cuantía reafianzada no podrá exceder individualmente del 80% de la garantía concedida por la sociedad de garantía recíproca para cada operación, ni superar el 15% del límite establecido en el apartado anterior.
- Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022