Articulo 38 Presupuestos 2012 La Mancha
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Artículo 38. Régimen de gestión del personal docente.

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1. El Consejo de Gobierno autorizará, a propuesta de la consejería competente en materia de educación y previo informe de la dirección general competente en materia de presupuestos, el número global de nuevos cupos de efectivos de cuerpos docentes no universitarios para el curso 2012-2013.

2. Durante el ejercicio 2012, la determinación del número máximo de contrataciones de otro profesorado en centros docentes públicos, así como la designación de asesores técnicos docentes, requerirá la autorización previa de la dirección general competente en materia de presupuestos.

3. Con el fin de poder realizar un adecuado seguimiento de la plantilla del personal docente no universitario y posibilitar la existencia de un registro único de personal, el titular del órgano directivo con competencias en materia de personal docente remitirá a las direcciones generales con competencias en materia de presupuestos y de función pública un informe trimestral de la plantilla presupuestaria del citado personal con el grado de detalle que señalen los órganos receptores.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-07-2012 en vigor desde 19-07-2012