Articulo 38 Prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears
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»Artículo 38. Infracciones leves
Vigente
Son infracciones leves:
1. No informar del cambio de lugar de residencia o domicilio habitual de las personas destinatarias.
2. No asistir a las entrevistas a las que sean citadas las personas titulares por parte del órgano instructor a efectos de realizar el seguimiento de la situación.
3. No atender a los requerimientos ni colaborar con las actuaciones de comprobación que lleve a cabo la Administración.
4. No comunicar las ausencias del territorio de las Illes Balears en los casos permitidos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-07-2022 en vigor desde 13-07-2022