Articulo 38 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público
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»Artículo 38. Obligación de suministro de datos relativos a las máquinas recreativas y de azar
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por DECRETO LEGISLATIVO 1/2024, de 12 de marzo, por el que se aprueba el libro sexto del Código tributario de Catalunya, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Catalunya en materia de tributos cedidos.
(DOGC de 14-03-2024) en vigor desde 15-03-2024