Articulo 38 Inventario y ...Deportivos

Articulo 38 Inventario y Planes de Instalaciones y Equipamientos Deportivos

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Artículo 38. Contenido.

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El Plan de la Red Especial contendrá, al menos, lo siguiente:

1. Análisis y diagnóstico de la situación y de las necesidades en la Comunidad Autónoma de instalaciones deportivas de la Red Especial. Para ello, el Plan de la Red Especial contendrá:

a) Un Inventario de la Red Especial con las siguientes características:

1.º El Inventario de la Red Especial contendrá los mismos datos básicos y técnicos que el Inventario Andaluz.

2.º La localización de las instalaciones deportivas deberá ser normalizada de acuerdo con los parámetros técnicos establecidos en el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía. Para ello deberá contar con un identificador único y constante para cada registro. La localización podrá ser efectivamente inscrita en el registro por medio de las coordenadas geográficas de la instalación o bien por medio del aporte de la dirección postal de la instalación, entendiendo que las direcciones postales que se recojan en el registro de Instalaciones Deportivas deberán ser extraídas del Callejero Digital de Andalucía Unificado (CDAU).

b) Un Estudio de Hábitos Deportivos de la población usuaria de la Red Especial, que contendrá al menos:

1.º Encuestas desagregadas por sexo para la planificación de instalaciones deportivas.

2.º Indicadores pertinentes de género, capaces de identificar las brechas de género.

3.º Datos de satisfacción de personas usuarias desagregados por sexo.

4.º Datos de porcentajes de mujeres y hombres que realizan deporte federado y no federado desagregados por sexo y modalidad deportiva.

5.º Datos del número de personas con discapacidad de la población y que realizan o pueden realizar deporte federado o no federado.

2. Tendrá en cuenta el análisis de la oferta, la demanda y la calidad de las instalaciones existentes, y promoverán además el diseño y construcción de las instalaciones orientadas al cumplimiento de estándares de calidad, accesibilidad y sostenibilidad. Para ello, se estudiará:

1.º Disponibilidades de suelo existente, apto para ser destinado a uso deportivo, y previsiones sobre el particular del planeamiento urbanístico en vigor.

2.º Previsiones sobre instalaciones deportivas necesarias y otros objetivos a conseguir, indicando las prioridades.

3. Estudio y condiciones de calidad ambiental de las actuaciones previstas en relación con el respeto al medio ambiente, teniendo en cuenta, además de los contenidos propios de este tipo de estudio, las previsiones recogidas en el Plan Director.

4. La modernización y mejora de instalaciones deportivas públicas, correspondientes a la Red Especial, especialmente las destinadas a mejorar su accesibilidad.

5. Establecimiento de medidas para garantizar la seguridad, calidad y eficiencia energética de las instalaciones deportivas y los derechos y deberes de las personas usuarias.

6. Establecimiento de procedimientos de seguimiento y evaluación que permitan valorar el grado de ejecución y consecución de los objetivos.

7. La documentación técnica y, en su caso, gráfica necesaria para la correcta comprensión y aplicación de su contenido y determinaciones.

8. Aquellos otros que establezca el Plan Director.