Articulo 38 Impuestos especiales

Articulo 38 Impuestos especiales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 38. Base imponible.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La base estará constituida por el volumen de alcohol puro, a la temperatura de 20 Grad. C., expresado en hectolitros, contenido en los productos objeto de impuesto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-1992 en vigor desde 01-01-1993