Articulo 38 Funcionamient...de Cuentas

Articulo 38 Funcionamiento del Tribunal de Cuentas

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Artículo 38.

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El examen de las cuentas que deban rendir los perceptores o beneficiarios de ayudas consistentes en subvenciones, créditos o avales del sector público, se extenderá tanto a la comprobación de que las cantidades de que se trate se han aplicado a las finalidades para las que fueron concedidas como a sus resultados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-04-1988 en vigor desde 07-04-1988