Articulo 38 Función públi...-Derogada-

Articulo 38 Función pública de La Rioja -Derogada-

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Artículo 38. Adquisición de la condición de funcionario

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La condición de funcionario se adquiere por el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Superar las pruebas de selección de acuerdo con la convocatoria.

b) Nombramiento conferido por el Consejero de Administraciones Públicas.

c) Juramento o promesa de lealtad al Rey, de acatamiento de la Constitución (citada), el Estatuto de Autonomía de La Rioja (citado) y el ordenamiento jurídico vigente.

d) Toma de posesión en el plazo reglamentario.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-07-1990 en vigor desde 05-08-1990