Articulo 38 Espacios Naturales Protegidos
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»Artículo 38. Ámbito.
Vigente
El ámbito de los planes rectores de uso y gestión abarcará el territorio incluido dentro de los límites del espacio natural protegido y las correspondientes áreas de amortiguación de impactos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-01-1995 en vigor desde 29-01-1995