Articulo 38 Deporte de Madrid

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Artículo 38. Patrimonio.

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1. El patrimonio de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid estará integrado por los bienes cuya titularidad le corresponda.

2. Son recursos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, entre otros:

a) Las subvenciones que las entidades públicas puedan concederles.

b) Las donaciones, herencias, legados y premios que les sean otorgados.

c) Los beneficios que produzcan las actividades y competiciones deportivas que organicen, así como los derivados de los contratos que realicen.

d) Los rendimientos de su patrimonio.

e) Los préstamos o créditos que obtengan.

f) Cualesquiera otros que puedan serle atribuidos por disposición legal o en virtud de convenio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-01-1995 en vigor desde 12-01-1995