Articulo 38 Contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad
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Articulo 38 Contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad

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Artículo 38. Régimen legal.

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Para la tramitación del procedimiento abierto los órganos de contratación se ajustarán a lo dispuesto en los artículos 141 a 145 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público, pudiéndose incluir como condiciones de ejecución obligaciones relativas a la seguridad de la información y a la seguridad del suministro, en los términos establecidos en la presente Ley. Sección 2.ª Procedimiento restringido

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-08-2011 en vigor desde 03-11-2011