Articulo 38 Auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas
Artículo 38. Cese y dimisión de auditores legales o sociedades de auditoría
1. Los Estados miembros se asegurarán de que los auditores legales o las sociedades de auditoría solo puedan ser cesados cuando existan causas justificadas. La divergencia de opiniones sobre tratamientos contables o procedimientos de auditoría o, en su caso, sobre la presentación de información sobre sostenibilidad o los procedimientos de verificación no será una causa justificada para el cese.
2. Los Estados miembros velarán por que la entidad auditada y el auditor legal o la sociedad de auditoría informen a la autoridad o a las autoridades responsables de la supervisión pública sobre el cese o la dimisión del auditor legal o de la sociedad de auditoría durante el período para el que hayan sido designados y den una explicación adecuada de las razones para ello.
La obligación de informar prevista en el párrafo primero se aplicará también a la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad.
3. En caso de auditoría legal de una entidad de interés público, los Estados miembros velarán por que:
a) los accionistas que representen el 5 % o más de los derechos de voto o del capital en acciones;
b) los otros órganos de las entidades auditadas, si están definidos por la legislación nacional, o
c) las autoridades competentes mencionadas en el artículo 32 de la presente Directiva o designadas de conformidad con el artículo 20, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 537/2014 o, si lo dispone el Derecho nacional, el artículo 20, apartado 2, del mencionado Reglamento, puedan recurrir ante los órganos jurisdiccionales nacionales el cese del auditor o auditores legales o la sociedad o sociedades de auditoría por motivos justificados.
El párrafo primero también se aplicará a la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad.
- Modificación realizada (38 (apdo. 1 se modifica, apdos. 2 y 3 se añaden párrafos)) por Directiva (UE) 2022/2464 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2022 por la que se modifican el Reglamento (UE) n.o 537/2014, la Directiva 2004/109/CE, la Directiva 2006/43/CE y la Directiva 2013/34/UE, por lo que respecta a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas (Texto pertinente a efectos del EEE)
(DC de 16-12-2022) en vigor desde 05-01-2023 - Artículo modificado por DIRECTIVA 2014/56/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 16 de abril de 2014 por la que se modifica la Directiva 2006/43/CE relativa a la auditoría legal de as cuentas anuales y de las cuentas consolidadas (Texto pertinente a efectos del EEE)
(DC de 27-05-2014) en vigor desde 16-06-2014