Articulo 38 Abastecimiento y Saneamiento de Aguas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 38. Normas Generales.
Vigente
La tasa autonómica de abastecimiento de agua es un tributo propio de la Comunidad Autónoma de Cantabria exigible por la prestación del servicio de abastecimiento de agua por la Comunidad Autónoma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-12-2014 en vigor desde 05-12-2014