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Articulo 38 Abastecimiento y Saneamiento de Aguas

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Artículo 38. Normas Generales.

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La tasa autonómica de abastecimiento de agua es un tributo propio de la Comunidad Autónoma de Cantabria exigible por la prestación del servicio de abastecimiento de agua por la Comunidad Autónoma.

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  • Texto Original. Publicado el 04-12-2014 en vigor desde 05-12-2014