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Articulo 37 Tasas y precios públicos de Andalucía

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Artículo 37. Hecho imponible.

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Constituye el hecho imponible de la tasa la inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (en adelante, BOJA) de disposiciones, actos, notificaciones, requerimientos, anuncios o cualquier otro tipo de textos.

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  • Texto Original. Publicado el 30-12-2021 en vigor desde 01-01-2022