Articulo 37 Reglamento de...y Usuarios

Articulo 37 Reglamento del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios

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Artículo 37. Régimen de recursos.

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Contra las resoluciones que denieguen o acuerden la inscripción en el Registro, así como la exclusión del mismo, que no ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Secretario General de Consumo y Juego en la forma y plazos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.