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Articulo 37 Protección ambiental integrada

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Artículo 37. Trámite de audiencia y propuesta de resolución.

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1. Una vez elaborada la propuesta de resolución, se trasladará a los interesados para que, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, aleguen lo que estimen conveniente y aporten, en su caso, la documentación que consideren procedente.

2. Concluido el trámite anterior, y tomando en consideración la incidencia ambiental del proyecto en su conjunto, se elaborará la propuesta de resolución.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-05-2009 en vigor desde 01-01-2010