Articulo 37 Presupuestos 2021 Canarias
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Artículo 37.- Retribuciones de los funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.

Vigente

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Las retribuciones correspondientes al año 2021 de los funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, a que se refiere el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, según la redacción dada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, se ajustarán a lo que sea de aplicación para dicho año con arreglo a la normativa estatal.

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 32.2, párrafo segundo, en 2021, el complemento específico transitorio de los cuerpos de Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Administrativa y Gestión Procesal y Administrativa, a que se refiere la cláusula nueve del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, de 20 de noviembre de 2009, relativo a la modernización y mejora de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias para el periodo 2008-2011, previsto para adecuar las retribuciones complementarias de estos cuerpos a sus nuevas funciones e implantar el modelo organizativo de las nuevas oficinas judicial y fiscal, será el siguiente:

- Cuerpo de Auxilio Judicial: 537,25 euros.

- Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: 575,93 euros.

- Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: 614,60 euros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2020 en vigor desde 01-01-2021