Articulo 37 Memoria democrática y para la convivencia
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Artículo 37. Dignificación de las fosas comunes

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La Generalitat, a través del Instituto Valenciano de la Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas, en colaboración con la conselleria competente en materia de patrimonio histórico y cultural y de acuerdo con las entidades locales, impulsará un protocolo de actuación para dignificar las fosas comunes de las víctimas en los cementerios municipales, parroquiales y en todos los lugares fuera de ellos que contengan o hayan contenido enterramientos relacionados con la guerra civil o la dictadura.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-11-2017 en vigor desde 13-12-2017