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Articulo 37 Medidas tributarias y administrativas 2010 Extremadura

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Artículo 37. Tipos de gravamen autonómicos del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.

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Los tipos de gravamen autonómicos del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos serán los siguientes.

a) Gasolinas: 24 euros por 1.000 litros.

b) Gasóleo de uso general: 20 euros por 1.000 litros.

c) Gasóleo de usos especiales y de calefacción: 0 euros por 1.000 litros.

d) Fuelóleo: 1 euro por tonelada.

e) Queroseno de uso general: 24 euros por 1.000 litros.