Articulo 37 Medidas tributarias y administrativas 2010 Extremadura
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 37. Tipos de gravamen autonómicos del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.
Vigente
Los tipos de gravamen autonómicos del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos serán los siguientes.
a) Gasolinas: 24 euros por 1.000 litros.
b) Gasóleo de uso general: 20 euros por 1.000 litros.
c) Gasóleo de usos especiales y de calefacción: 0 euros por 1.000 litros.
d) Fuelóleo: 1 euro por tonelada.
e) Queroseno de uso general: 24 euros por 1.000 litros.