Articulo 37 Medidas Finan...mpresarial

Articulo 37 Medidas Financieras y de Creación del Ente Público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial

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Artículo 37. Fines y actividades.

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La Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León, tiene como finalidades promover la competitividad del sistema productivo de Castilla y León, favorecer y dar apoyo financiero a la estrategia empresarial de innovación.

Para el cumplimiento de estos fines, podrá realizar entre otras, las siguientes actividades.

a) Promover iniciativas públicas y privadas de creación de empresas y actividades creadoras de empleo.

b) Instrumentar y gestionar incentivos a la inversión y conceder subvenciones de acuerdo con la normativa reguladora.

c) Diseñar y ejecutar medidas de apoyo financiero a las empresas de la Comunidad, en colaboración con empresas públicas y participadas así como conceder créditos y préstamos y garantías en forma de aval, en los términos establecidos por la Ley de la Hacienda y del Sector Publico de la Comunidad.

d) Favorecer la promoción exterior para incentivar inversiones.

e) Ejercer los derechos derivados de la titularidad de acciones y coordinar las empresas publicas de la Comunidad adscritas a la consejería competente en materia de promoción económica.

f) La gestión y explotación de obras, servicios e inmuebles, que contribuyan, dentro de los intereses estratégicos y regionales, al desarrollo económico y social de Castilla y León, incluidas las actuaciones urbanísticas que resulten precisas, sin perjuicio de las competencias que sobre esta materia pudieran tener otros organismos, entes, instituciones y empresas que formen parte del sector público autonómico.

g) Cualquier otra actividad que sea necesaria para el cumplimiento de los fines que tiene asignados y en los términos que reglamentariamente se determinen.

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