Articulo 37 Juventud de La Rioja -Derogada-
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»Artículo 37. Definición.
Vigente
Son escuelas de formación, ocio y tiempo libre los centros, de iniciativa pública o privada, que tienen por objeto la formación no formal de personal especializado en materia de animación, ocio, tiempo libre o formación de formadores.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-07-2005 en vigor desde 10-07-2005