Articulo 37 Estadística de Navarra
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»Artículo 37. Funciones.
Vigente
El Consejo de Estadística de Navarra ejercerá funciones de asesoramiento, consulta, participación y mediación en relación con la actividad del Sistema Estadístico de Navarra, en los términos que se desarrollen reglamentariamente.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY FORAL 5/2021, de 10 de mayo, por la que se aprueba el Plan de Estadística de Navarra 2021-2024 y se modifica la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
(BON de 20-05-2021) en vigor desde 21-05-2021