Articulo 37 Esquema Nacional de Seguridad
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»Artículo 37. Mecanismos de control.
Vigente
Cada entidad titular de los sistemas de información comprendidos en el ámbito de aplicación de este real decreto y, en su caso, sus organismos, órganos, departamentos o unidades, establecerán sus mecanismos de control para garantizar de forma real y efectiva el cumplimiento del ENS.