Articulo 37 Contrato de transporte terrestre de mercancías
Articulo 37 Contrato de t...mercancías

Articulo 37 Contrato de transporte terrestre de mercancías

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 37. Pago del precio del transporte.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Cuando nada se haya pactado expresamente, se entenderá que la obligación del pago del precio del transporte y demás gastos corresponde al cargador.

2. Cuando se haya pactado el pago del precio del transporte y los gastos por el destinatario, éste asumirá dicha obligación al aceptar las mercancías.

No obstante, el cargador responderá subsidiariamente en caso de que el destinatario no pague.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-11-2009 en vigor desde 12-02-2010