Articulo 37 Consejo Valen... Sociales

Articulo 37 Consejo Valenciano de Inclusión y Derechos Sociales, consejos locales y zonales de inclusión, órgano de concertación y Observatorio del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales

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Artículo 37. La Comisión Permanente.

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Composición y funciones

1. La Comisión Permanente del Observatorio estará compuesta por:

a) Presidenta o Presidente del Observatorio o persona en quien delegue.

b) Vicepresidentas o vicepresidentes del Observatorio.

c) Secretaria o secretario del Observatorio.

d) Una persona investigadora, representante de los departamentos universitarios con competencias en investigación en servicios sociales y sociología de las universidades públicas valencianas.

e) Una persona representante de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

f.) Una persona en representación de los Colegios profesionales de Trabajo Social, Politología y Sociología, Psicología, Educadoras y Educadores Sociales, y de la Asociación de Técnicas y Técnicos de Integración Social, del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

g) Dos personas representantes de las entidades del Tercer Sector de Acción Social de la Comunitat Valenciana que gestionen centros, servicios y programas del SPVSS.

h). Una persona representante del Instituto Valenciano de Estadística.

i). Una persona en representación de todos los laboratorios de servicios sociales existentes en la Comunitat Valenciana.

j) Una persona en representación de las Cátedras del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales existentes en las universidades públicas valencianas.

k) Tres personas, con rango mínimo de directora o director general, respectivamente representantes de los ámbitos competenciales en materia de Igualdad y diversidad, Atención Primaria, y Planificación y Organización del Sistema.

2. Funciones de la Comisión Permanente del Observatorio.

a) Preparar las sesiones del Pleno a través del asesoramiento de la Presidencia para la fijación del orden del día de las sesiones, recopilar la documentación necesaria con suficiente antelación a su celebración y preparar los informes previos de los asuntos que habrán de ser tratados en el Pleno.

b) Llevar a cabo todo lo necesario para el cumplimiento de los acuerdos del Pleno.

c) Desarrollar los trabajos encomendados por el Pleno.

d) Presentar y proponer al Pleno iniciativas de actuación.

e) Coordinar los trabajos de las eventuales comisiones de trabajo del Observatorio.

f) Representar al Observatorio en aquello que se considere necesario.

g) Elaborar un informe anual en materia de servicios sociales que recoja los datos más relevantes de las actuaciones realizadas en los servicios sociales valencianos para su aprobación por parte del Pleno.

h) Emitir y formular propuestas y sugerencias en relación con el funcionamiento de los Servicios Sociales Valencianos.

i) Promover iniciativas en todos aquellos asuntos que se consideren de interés por parte de los diferentes ámbitos de Servicios Sociales Valencianos.

j) Conocer los trabajos del Comité de Ética del SPVSS, así como del CVIDS.

k) Cualquier otra que expresamente le delegue el Pleno.