Articulo 37 Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos
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»Artículo 37. Modalidades de caza.
Vigente
La caza se podrá practicar en aquellas modalidades, de entre las recogidas en el Anexo III, que se detallen en el correspondiente plan cinegético del coto de caza o reserva regional de caza.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-07-2021 en vigor desde 08-08-2021