Articulo 37 Agencia de la UE para la Cooperación Judicial Penal -Eurojust-
Artículo 37. Posición del delegado de protección de datos
1. Eurojust garantizará que el delegado de protección de datos participe de forma adecuada y en tiempo oportuno en todas las cuestiones relativas a la protección de datos personales.
2. Eurojust respaldará al delegado de protección de datos en el desempeño de las funciones indicadas en el artículo 38 facilitando los recursos y el personal necesarios para el desempeño de dichas funciones y facilitando el acceso a los datos personales y a las operaciones de tratamiento, y permitiéndole mantener sus conocimientos especializados.
3. Eurojust garantizará que el delegado de protección de datos no reciba ninguna instrucción en lo que respecta al desempeño de dichas funciones. El delegado no podrá ser destituido ni sancionado por el Consejo Ejecutivo por el ejercicio de sus funciones. El delegado de protección de datos informará directamente al Colegio en relación con los datos personales operativos y al Consejo Ejecutivo en relación con los datos personales administrativos.
4. Los titulares de los datos podrán ponerse en contacto con el delegado de protección de datos por lo que respecta a todas las cuestiones relativas al tratamiento de sus datos personales y al ejercicio de sus derechos al amparo del presente Reglamento y del Reglamento (UE) 2018/1725.
5. El Consejo Ejecutivo adoptará normas complementarias respecto al delegado de protección de datos. Tales normas se referirán, en concreto, al procedimiento de selección para el puesto de delegado de protección de datos y a su destitución, a las tareas, obligaciones y competencias del delegado y a las garantías de su independencia.
6. El delegado de protección de datos y su personal estarán sujetos a la obligación de confidencialidad contemplada en el artículo 72.
7. El delegado de protección de datos podrá ser consultado por el responsable del tratamiento y el encargado del tratamiento, por el comité de personal interesado y por cualquier persona, sobre cualquier asunto que se refiera a la interpretación o aplicación del presente Reglamento y del Reglamento (UE) 2018/1725, sin necesidad de seguir los cauces oficiales. Nadie deberá sufrir perjuicio alguno por informar al delegado de protección de datos competente de que se ha cometido una presunta infracción del presente Reglamento o del Reglamento (UE) 2018/1725.
8. Tras haber designado al delegado de protección de datos, Eurojust comunicará su nombre al SEPD.
- Modificación realizada (37) por Corrección de errores del Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y por el que se sustituye y deroga la Decisión 2002/187/JAI del Consejo (Diario Oficial de la Unión Europea L 295 de 21 de noviembre de 2018)
(DC de 22-06-2023) en vigor desde 11-12-2018 - Texto Original. Publicado el 21-11-2018 en vigor desde 11-12-2018