Articulo 36 TR de la ley ...alvamentos

Articulo 36 TR. de la ley por la que se regulan los servicios de prevencion, extincion de incendios y salvamentos

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Artículo 36. Devengo.

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El devengo de la contribución especial se producirá el día 31 de diciembre de cada año.

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  • Texto Original. Publicado el 27-10-2006 en vigor desde 27-10-2006