Articulo 36 Simplificación administrativa de la Generalitat
Artículo 36. Gobierno del dato
1. La Generalitat aprobará mediante acuerdo del Consell un modelo de gobierno del dato, como instrumento organizativo que determinará los criterios y elementos que definirán el gobierno de los datos en la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental.
2. El gobierno del dato estará orientado a la consecución de una gestión pública cercana a la ciudadanía, automatizada y segura basada en los siguientes principios de actuación:
a) Transparencia respecto de la capacidad de poner a disposición de otros órganos o administraciones públicas nuevos datos o documentos.
b) Protección de datos personales desde el diseño y por defecto.
c) Corresponsabilidad desde que se capturan, procesan y almacenan los datos hasta que se archivan.
d) Coordinación entre los órganos respecto de las funciones o roles que se establezcan.
e) Estandarización, preservando la homogeneidad semántica y sintáctica respecto al significado que tienen los datos.
f) Calidad del dato mediante el establecimiento de fuentes o base de datos únicos.
g) Impacto en la gestión pública.
h) Analítica de datos.
i) Finalidad estadística de interés de la Generalitat.
j) Cumplimiento normativo.
3. Las personas tendrán acceso a las consultas de datos y documentos que sobre los mismos se realicen desde el Punto de Acceso General de la Generalitat.