Articulo 36 Servicios sociales de C León

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Artículo 36. El acceso unificado al sistema a través de los Centros de Acción Social.

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La información, el asesoramiento y la orientación profesional iniciales al ciudadano en materia de servicios sociales se efectuarán a través de los CEAS, mediante procedimientos e instrumentos unificados, salvo lo que excepcionalmente se determine para el acceso a través de estructuras o mediante procedimientos o instrumentos especiales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-12-2010 en vigor desde 21-03-2011