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Articulo 36 Servicios sociales de Andalucía

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Artículo 36. Principios orientadores de la organización territorial.

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Los servicios sociales se estructurarán territorialmente de acuerdo con los siguientes principios.

a) Descentralización.

b) Desconcentración.

c) Equidad territorial.

d) Proximidad a la ciudadanía.

e) Eficacia y eficiencia en la satisfacción de las necesidades sociales.

f) Accesibilidad a la información y a los servicios sociales.

g) Coordinación y trabajo en red.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2016 en vigor desde 18-01-2017