Articulo 36 Reglamento de Vías Pecuarias
Artículo 36. Información pública y propuesta de Resolución.
1. La Delegación Territorial acordará un período de información pública, anunciando en el Boletín Oficial de la Provincia y web institucional de la Consejería competente en la materia, con el fin de garantizar la máxima difusión, que el expediente se encuentra disponible por medios electrónicos y en las dependencias de la propia Delegación Territorial, para que cualquier persona física o jurídica pueda examinarlo y formular cuantas alegaciones estimen oportunas en el plazo de un mes desde la publicación del anuncio.
2. Simultáneamente a la actuación anterior, la Delegación Provincial pondrá el expediente en conocimiento de los particulares, Corporaciones Locales, Cámaras Agrarias, Organizaciones Profesionales Agrarias y Ganaderas, Organizaciones o Colectivos cuyo fin sea la defensa del medio ambiente y otros órganos de la administración autonómica y estatal que resulten directamente afectados y consten como interesados en el correspondiente expediente, para que en el mismo plazo establecido en el párrafo anterior aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.
3. Informadas las alegaciones presentadas en los trámites anteriores, el Delegado Provincial elevará propuesta de resolución, acompañada del expediente instruido, al Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente para su resolución, previo informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.
- Artículo modificado por Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
(BOJA de 16-02-2024) en vigor desde 17-02-2024