Articulo 36 Protección general de las personas consumidoras y usuarias
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»Artículo 36. Manifestaciones o alegaciones de empresas.
Vigente
1. La administración competente en materia de consumo podrá exigir prueba de la exactitud de las manifestaciones o alegaciones que realicen las empresas en cualquier comunicación comercial, etiquetado o de cualquiera otra forma en que exista o pueda existir una relación de consumo, especialmente en el supuesto de publicidad comparativa.
2. En el supuesto de no presentar las pruebas previstas en el apartado anterior, o ser estas insuficientes, se considerará por la administración competente en materia de consumo que las manifestaciones o alegaciones realizadas son inexactas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-04-2012 en vigor desde 01-05-2012