Articulo 36 Protección Civil

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Artículo 36. Formación escolar.

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En los diferentes ciclos educativos de los centros escolares es obligatorio programar actividades de información, prevención y divulgación en materia de protección civil, y debe realizarse, al menos una vez al año, un simulacro de evacuación, de acuerdo con las previsiones del plan de autoprotección correspondiente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-05-1997 en vigor desde 18-06-1997