Articulo 36 Presupuestos 2020 I. Balears
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»Artículo 36. Pagos de obligaciones de ejercicios cerrados con cargo a operaciones no presupuestarias
Vigente
1. En el ejercicio de 2020 podrá materializarse el pago de obligaciones reconocidas de ejercicios cerrados con cargo a operaciones no presupuestarias, con la finalidad exclusiva de permitir pagos parciales, o a cuenta de su importe total.
2. Asimismo, podrá seguirse el mismo procedimiento de pago a que se refiere el apartado anterior con respecto a las obligaciones reconocidas de ejercicios cerrados con el fin de registrar las cesiones de créditos realizadas por los perceptores.
3. Para la efectividad de todo lo previsto en la presente disposición, la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores podrá dictar las correspondientes instrucciones.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-01-2020