Articulo 36 Presupuestos 2011 La Mancha
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Artículo 36. Régimen de gestión del personal docente.

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1. Corresponde a la consejería con competencias en materia de educación determinar las plantillas del personal docente no universitario en el marco de las directrices aprobadas por el Consejo de Gobierno y dentro de los límites presupuestarios.

2. Con el fin de poder realizar un adecuado seguimiento de la citada plantilla y posibilitar la existencia de un registro único de personal, el titular del órgano directivo con competencias en materia de personal docente remitirá a las direcciones generales con competencias en materia de presupuestos y de función pública, un informe trimestral de la plantilla presupuestaria del citado personal con el grado de detalle que señalen los órganos receptores.