Articulo 36 Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje
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»Artículo 36. Programas de imagen urbana.
Vigente
Los documentos de planificación urbanística delimitarán ámbitos para el desarrollo de programas de imagen urbana destinados a mejorar la calidad y el atractivo de los espacios más emblemáticos de los cascos urbanos y de su entorno inmediato.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-07-2004 en vigor desde 03-07-2004