Articulo 36 Normas para l... y precios

Articulo 36 Normas para la aplicación de las tasas y precios

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Artículo 36. Titulares del derecho a la devolución.

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Los interesados, así como sus habiente- causas, tendrán derecho a la devolución de los ingresos que se realizasen indebidamente en concepto de tasas o de precios públicos en los supuestos señalados en la Ley de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia y en la Ley general tributaria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-04-2005 en vigor desde 04-05-2005