Articulo 36 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2001 de la Generalitat
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»Artículo 36.
Vigente
Se modifica el apartado d de la letra A del número 2 del artículo 58, del Texto Refundido de la Ley de Cooperativas de la Comunidad Valenciana, que queda redactado como sigue:
Las subvenciones corrientes, y las de capital imputables al ejercicio económico.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2001 en vigor desde 01-01-2002