Articulo 36 Medidas fiscales y administrativas 2018 de Galicia
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»Artículo 36. Supresión del Registro Gallego de Comercio y modificación de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, de comercio interior de Galicia
Vigente
1. Queda suprimido el Registro Gallego de Comercio.
2. El número 1º de la letra a) del artículo 105 de la Ley 13/2010, de 17 de diciembre, de comercio interior de Galicia, queda modificado como sigue:
«1º) Ejercer una actividad comercial sin previa autorización en caso de que esta fuese preceptiva, no realizar las comunicaciones o notificaciones a la Administración comercial exigidas por la normativa vigente, incumplir los requisitos establecidos en el artículo 5 o incurrir en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 6.».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019