Articulo 36 Juventud de C. Valenciana -Derogada-
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»Artículo 36. La Red de Información Juvenil de la Comunitat Valenciana
Vigente
1. La Red de Información Juvenil de la Comunitat Valenciana estará integrada por aquellos servicios promovidos en su territorio por organismos o entidades de carácter público o privado, sin ánimo de lucro, que tengan por objeto desarrollar servicios de información, de asesoramiento o de orientación, especialmente dirigidos a jóvenes y prestados directamente al público, y que, por voluntad de sus titulares, hayan sido reconocidos y registrados por Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove.
2. Reglamentariamente se regulará el funcionamiento de la Red de Información Juvenil de la Comunitat Valenciana y la determinación de los diferentes tipos de servicios que la integran.